El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha iniciado el pasado 14 de Julio el trámite de audiencia e información pública de la Orden ministerial que desarrolla varios elementos del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE). Su aplicación facilitará alcanzar los objetivos nacionales de ahorro fijados por la normativa comunitaria, permitirá a las comercializadoras de energía cumplir sus obligaciones de ahorro de un modo más flexible y eficiente, beneficiará a los consumidores, e impulsará el empleo, la productividad y la competitividad empresarial.
La Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, insta a los Estados Miembros a la creación de un Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE) que permita asignar a las empresas comercializadoras de gas y electricidad, a los operadores de productos petrolíferos al por mayor y a los operadores de gases licuados de petróleo al por menor, una cuota anual de ahorro energético en el ámbito nacional, en función de su volumen de ventas, que en el caso español se traduce en aportaciones financieras equivalentes al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE).
Al objeto de reforzar el SNOEE, el MITECO está trabajando en un Real Decreto que establece el sistema de CAE, actualmente en la fase final de tramitación. Cuando esté en vigor, las empresas sujetas a cuota anual de ahorro podrán voluntariamente sustituir un porcentaje de sus pagos al FNEE por un ahorro de energía final equivalente, bien propio, bien en sus clientes, que podrán acreditar con CAE.
Los CAE -que podrán comercializarse, monetizando el ahorro-, se obtendrán como contraprestación de medidas de eficiencia energética, que podrán estar incluidas en el Catálogo de medidas estandarizadas, y serán emitidos por el Gestor designado por cada comunidad y ciudad autónoma. La coordinación del sistema corresponderá al MITECO.
SUJETO DELEGADO, VERIFICADOR DEL AHORRO Y REGISTRO
El proyecto de Orden que hoy se eleva a trámite de audiencia desarrolla varios elementos del Real Decreto, como las figuras del Sujeto Delegado, el Verificador del Ahorro de Energía o el Registro Nacional de CAE.
Las empresas obligadas a contribuir al SNOEE podrán valerse de los sujetos delegados que, a modo de intermediarios debidamente acreditados, ejecutarán actuaciones de ahorro y eficiencia energética generadoras de CAE que permitan a aquellas reducir su aportación financiera anual al FNEE. Tanto los sujetos delegados como las empresas obligadas podrán promover la realización de actuaciones para la obtención de CAE, o bien adquirir CAE directamente en el mercado.
El Verificador será una entidad acreditada por Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) encargada de comprobar que la documentación e información presentada por las empresas obligadas o por sus delegados para obtener CAE es acorde con la normativa. Desempeñará su cometido de acuerdo con los procedimientos de ENAC.
En el Registro Nacional de CAE se inscribirán los CAE emitidos por los Gestores Autonómicos. Dependerá del MITECO y permitirá inventariar a las empresas obligadas y los sujetos delegados en cada ejercicio, así como trazar todas las operaciones realizadas con los CAE durante sus tres años de validez desde la ejecución de la medida. Estará alojado en una Plataforma electrónica que permitirá a los interesados tramitar todo el procedimiento relativo a los CAE, desde la solicitud hasta la liquidación, de un modo transparente.
El trámite de audiencia e información pública permanecerá abierto hasta el 26 de agosto de 2022. Las aportaciones se podrán remitir a bzn-consultasfnee@miteco.es, indicando el asunto «Alegaciones Proyecto Orden CAE «.
Fuente: MITECO